El Tribunal Supremo ha ratificado la condena de 17 años de prisión impuesta a un padre y su hijo por el asesinato del novio de la madre en Marbella, un crimen ocurrido el 15 de junio de 2022 en el barrio de Miraflores y captado por una cámara de seguridad, prueba clave en el caso, según ha informado Málaga Hoy. La sentencia confirma la resolución dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que ya había desestimado los recursos presentados por las defensas.
La relación entre los acusados y la víctima era tensa. La mujer, exesposa del padre condenado, mantenía una nueva relación sentimental con la víctima, lo que generó una convivencia conflictiva. La situación llegó a tal punto que la pareja decidió mudarse temporalmente a Ojén, mientras los acusados continuaban residiendo en el mismo edificio de Miraflores.
El día del crimen, los dos hombres esperaron a la víctima en la entrada del edificio. Según recoge la sentencia, a las 13:40 horas, las cámaras de seguridad grabaron el momento en el que el hijo, de 30 años, sacó un cuchillo oculto en una lata de tabaco al ver que la víctima se aproximaba.
Lejos de impedir el ataque, el padre facilitó la agresión. Cuando la víctima abrió la puerta del portal, el progenitor le empujó el hombro, permitiendo que su hijo, situado detrás, le asestara una puñalada mortal en el pecho.
El tribunal describió la acción como un ataque “súbito, inesperado y repentino”, que dejó a la víctima sin posibilidad de defenderse. Gravemente herido, el hombre logró caminar 53 metros antes de desplomarse en plena calle. Los agresores, entretanto, regresaron al interior del edificio con calma, sin intentar auxiliarlo ni mostrar arrepentimiento.
El juicio se celebró en junio de 2024 ante un jurado popular, que declaró culpables a ambos acusados. El hijo fue condenado como autor material del asesinato, mientras que el padre fue considerado cooperador necesario.
Las defensas intentaron anular el proceso, alegando la ausencia de un testigo que supuestamente situaba a los procesados en la playa en el momento del crimen. Sin embargo, el Tribunal Supremo rechazó este argumento, al considerar que las imágenes de las cámaras de seguridad eran concluyentes y no dejaban margen a la interpretación.



