Intervienen 10 lingotes de oro en el aeropuerto de Málaga y los devuelven al descartar blanqueo de capitales

El metal precioso tenía como destino Croacia y estaba valorado en más de 80.000 euros

Aeropuerto de Málaga.
Aeropuerto de Málaga.

La Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales ha acordado devolver diez lingotes de oro de 24 quilates que fueron intervenidos en el aeropuerto de Málaga a un empresario que pretendía trasladarlos a Croacia sin haber realizado la declaración previa exigida por la normativa sobre movimientos de capitales.

La resolución, dictada por este organismo dependiente del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, pone fin a un expediente sancionador abierto en 2024 tras la incautación del oro durante un control de seguridad. Según la decisión administrativa, el empresario recuperará los lingotes una vez abone una multa de 31.000 euros por una infracción considerada grave.

Los hechos se remontan a octubre de 2024, cuando los agentes detectaron diez lingotes de oro de 24 quilates valorados en más de 80.000 euros. El metal precioso tenía como destino Croacia y no había sido declarado previamente, un requisito obligatorio cuando se superan determinados umbrales económicos establecidos por la legislación vigente.

Tras la intervención, las autoridades iniciaron un expediente por una posible vulneración de la normativa europea sobre movimientos de capitales y prevención del blanqueo de dinero.

Una empresa con sede en Estados Unidos

Según la documentación aportada durante la investigación, el oro pertenecía a dos socios vinculados a una empresa estadounidense dedicada a la compraventa internacional de metales preciosos.

La defensa, ejercida por el abogado penalista Juan Gonzalo Ospina, presentó diversas alegaciones para acreditar la procedencia legal del oro. Entre la documentación aportada figuraban facturas, justificantes bancarios y documentación mercantil que acreditaban que la mercancía había sido adquirida a una empresa portuguesa y que la operación tenía carácter comercial.

Además, se destacó que la sociedad estaba legalmente constituida en Delaware y contaba con más de una década de actividad en el sector.

La comisión aprecia un error administrativo

Durante la tramitación del expediente, la defensa sostuvo que no existió intención de ocultar el oro ni de eludir controles administrativos. De hecho, el acta de intervención reflejaba que los lingotes no estaban escondidos y podían ser localizados fácilmente durante la inspección.

También se argumentó que la falta de declaración obedeció al desconocimiento de la normativa española por parte de los propietarios, ambos extranjeros, y no a una voluntad de ocultar el origen o destino de los bienes.

Finalmente, la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales concluyó que la conducta investigada no respondía a una operación de blanqueo de capitales, sino a un incumplimiento administrativo relacionado con la obligación de declarar el movimiento de capitales.

Por ello, acordó la devolución de los diez lingotes de oro, manteniendo únicamente la sanción económica derivada de la infracción administrativa cometida.