Cinco años de cárcel por matar a un agricultor en una pelea por la ocupación de un carril en Almáchar

El jurado popular declaró culpable al acusado por el homicidio ocurrido en mayo de 2022

guardia civil
Guardia Civil/Foto de Archivo

Los gritos en un paraje rural de Almáchar rompieron la calma de la tarde aquel 28 de mayo de 2022. Dos hombres, cada uno dedicado a sus labores en el campo, terminaron envueltos en una pelea que acabó con uno de ellos muerto y el otro, ahora, condenado. La Audiencia Provincial de Málaga ha impuesto cinco años de prisión a un vecino acusado de matar a un agricultor durante un violento enfrentamiento originado por la ocupación de un carril de acceso a una finca familiar, según ha informado Europa Press.

La sentencia, dictada tras el veredicto de culpabilidad del jurado popular emitido el pasado junio, concluye que aquel día el procesado se dirigía a su parcela cuando encontró el camino bloqueado por el vehículo de la víctima, un agricultor de 76 años que trabajaba en su terreno. Tras dejar su coche apartado, el acusado se acercó al otro hombre y ambos iniciaron una discusión que escaló rápidamente.

Según el fallo, el agricultor atacó al acusado de forma “no provocada”, empuñando una barra metálica. Durante el forcejeo que siguió, el procesado quedó atrapado “en un estado de cólera” debido al “furor de la lucha”, una reacción que, según el tribunal, nubló su capacidad de decisión y autocontrol.

En medio del enfrentamiento físico, el acusado logró arrebatar la barra metálica al otro hombre y, con intención de defenderse, le asestó varios golpes en cabeza y cuerpo, causándole la muerte en el acto. Él mismo resultó lesionado, con heridas en el rostro que sanaron en cuatro días.

La Audiencia considera probado un delito de homicidio doloso, pero aplica las circunstancias modificativas de legítima defensa y arrebato, lo que reduce la pena final a cinco años de cárcel. La resolución subraya que el estallido emocional del procesado jugó un papel determinante en el fatal desenlace, aunque no exime su responsabilidad penal.