El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha confirmado la condena de dos años y tres meses de cárcel impuesta a un empleado de un establecimiento comercial de Fuengirola por realizar 166 devoluciones falsas de productos en poco más de tres meses para quedarse con el dinero. La cantidad defraudada asciende a 8.370 euros, que deberá indemnizar a la empresa afectada.
El alto tribunal andaluz desestima así el recurso presentado por la defensa contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Málaga, que consideró probado que el acusado trabajó como dependiente entre julio de 2018 y octubre de 2019 en un establecimiento situado en una zona comercial de Fuengirola.
La resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, recoge que el trabajador, “en distintos momentos” y siempre dentro de su jornada laboral, aprovechaba las funciones de cajero para registrar devoluciones de productos que en realidad no habían sido entregados por ningún cliente. El objetivo, según la sentencia, era enriquecerse a costa de la mercantil para la que trabajaba.
El procedimiento consistía en introducir manualmente el código genérico del producto en el sistema informático. De esta forma, se generaba un ticket de devolución como si el artículo hubiese sido retornado por un cliente, aunque no existía ninguna devolución real. En esos registros constaba además el perfil del empleado que realizaba la operación.
La Sala de Málaga también dio por acreditado que en todos los casos aparecía un código de identificación reforzado, lo que permitía comprobar que no se había escaneado la etiqueta del producto, sino que se había introducido el código genérico de forma manual.
166 operaciones entre junio y octubre de 2019
El acusado repitió este mecanismo en 166 ocasiones entre el 28 de junio y el 1 de octubre de 2019. Después retiraba el dinero que el sistema reflejaba como entregado al cliente por la supuesta devolución del artículo. Esa actuación provocó un perjuicio económico a la empresa de 8.370 euros.
Por estos hechos, la Audiencia Provincial lo condenó como autor de un delito continuado de estafa, imponiéndole una pena de dos años y tres meses de prisión y el pago de una indemnización por la cantidad defraudada.
La defensa recurrió la sentencia, pero el TSJA ha rechazado sus argumentos y ha confirmado la resolución. El tribunal considera adecuada la condena al tener en cuenta la continuidad delictiva, el elevado número de operaciones fraudulentas realizadas en un periodo de tres meses y el hecho de que el acusado cometiera la defraudación aprovechando su puesto de trabajo.
En este sentido, el alto tribunal subraya que el empleado actuó “valiéndose de los medios que la empresa le había proporcionado para el desempeño de su trabajo”, una circunstancia clave para mantener la condena por la estafa cometida en el establecimiento comercial de Fuengirola.



