El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena a un hombre por delitos relacionados con la prostitución coactiva y la explotación sexual de cinco mujeres en Málaga, aunque ha reducido la pena impuesta por la Audiencia Provincial de Málaga de 19 años y medio a 16 años y tres meses de prisión. La decisión se produce tras estimar parcialmente el recurso presentado por la defensa del acusado.
Según los hechos probados en la sentencia, entre 2013 y 2017, el condenado contactó con varias mujeres mediante Internet, ofreciéndoles trabajos como modelos, chicas de compañía o empleadas del hogar en Málaga. Además, les proporcionaba alojamiento en su propio domicilio. Sin embargo, una vez que las víctimas llegaban a la ciudad, descubrían que el verdadero propósito del acusado era que ejercieran la prostitución en su vivienda, entregándole un porcentaje de las ganancias.
El Tribunal de Málaga consideró acreditado que las mujeres se vieron obligadas a prostituirse tras firmar contratos con el acusado, quien las amenazaba con denunciarlas y con impedir que regularizaran su situación en España si incumplían dichos contratos. En uno de los casos, el procesado llegó a mantener relaciones sexuales con una menor de edad, según la sentencia.
Por estos hechos, el hombre fue condenado por prostitución coactiva, explotación sexual, inducción a la prostitución, corrupción de menores y abuso sexual agravado por acceso carnal.
El TSJA ha rechazado la mayoría de los argumentos presentados por la defensa, que solicitaba la absolución del acusado. Según el tribunal, la Audiencia de Málaga valoró como «prueba determinante» el testimonio de las víctimas, considerando que sus declaraciones eran coherentes, verosímiles y persistentes, lo que reforzaba la credibilidad de los hechos.
El fallo destaca que cinco mujeres señalaron al acusado como la persona que las obligó a prostituirse, las explotó sexualmente o, en algunos casos, logró someter su voluntad para mantener relaciones sexuales. Según la sentencia, no resulta creíble que todas las víctimas hubieran creado una conspiración conjunta para incriminarlo falsamente.
Finalmente, aunque el TSJA ha confirmado la condena, ha decidido rebajar la pena impuesta a 16 años y tres meses de prisión, al considerar parcialmente el recurso de apelación de la defensa.



