Las mascarillas serán obligatorias para evitar la propagación del coronavirus a partir de mañana jueves, 21 de mayo. Deberán usarla todas las personas, desde niños de seis años, en lugares cerrados y en espacios abiertos cuando no se pueda garantizar los dos metros de distancia que se recomienda como garantía sanitaria para prevenir los contagios.
El Boletín Oficial del Estado ha publicado ya las normas de obligado cumplimiento, y justifica su uso en la capacidad de estos elementos para bloquear la emisión de gotas infectadas cuando no es posible mantener la distancia de seguridad de dos metros.
La normativa establece que es necesario seguir un principio de precaución que permita continuar por la senda de la reducción de los casos de contagio de la enfermedad en nuestro país, principalmente cuando no se dispone de otras medidas como la vacunación.
Así, mediante la presente orden se dispone, con carácter general, el uso obligatorio de mascarillas en personas a partir de seis años en la vía pública, espacios al aire libre y cerrados de uso público, cuando no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros. Para la población infantil de tres a cinco años, su uso es recomendable.
No serán obligatorias para aquellas personas que presenten algún tipo de dificultad respitatoria que pueda verse agravada por la utilización de la mascarilla, ni para aquellas cuyo uso se encuentre contraindicado por motivos de salud o discapacidad.
Tampoco se exigirá en actividades incompatibles como la ingesta de alimentos y bebidas, o en casos de fuerza mayor o necesidad. La actividad deportiva no figura entre estas excepciones.
Se podrá utilizar cualquier tipo de mascarilla que cubra nariz y boca, preferentemente higiénicas y quirúrgicas.
Esta medida será de obligado cumplimiento desde este jueves, 21 de mayo, y se mantendrá vigente mientras dure el Estado de Alarma y sus sucesivas prórrogas.



