Interior advierte que los ayuntamientos no pueden regular las distancias a las que se puede sacar al perro

Las sanciones por sacar a la mascota podrían ser todas nulas

Las multas interpuestas por sacar al perro mas allá de lo permitido por los diferentes ayuntamiento podrían ser todas nulas. El Real Decreto del estado de alarma no especifica a qué distancias o el límite de tiempo durante el que se puede pasear a la mascota en el confinamiento. Por ello, las propuestas de sanción se pueden recurrir con bastantes garantías de éxito. En primer lugar, porque el Real Decreto carece de cuerpo sancionador. Y después, porque estas normales son nulas. Así lo han justificado los letrados de la Asociación en Defensa de los Animales (FADAN).

El Ministerio de Interior ya advirtió mediante una instrucción que las administraciones locales no están habilitadas para interpretar el Real Decreto con normativas adicionales, como por ejemplo las distancias a las que se pueden sacar a los animales de compañía. «El Ministerio se limita a decir que hay que pasearle por las proximidades del domicilio, sin especificar la distancia, realizando paseos cortos, el tiempo necesario para cubrir las necesidades fisiológicas del animal».

A pesar de que se están tramitando todas las sanciones interpuestas, desde Interior aseguran que «el ciudadano puede alegar y si la norma que supuestamente ha vulnerado no es acorde a lo establecido por el Real Decreto y las instrucciones posteriores, es probable que decaiga. Ninguna norma marca los metros a los que se puede sacar al perro».