El Ayuntamiento de Estepona habilita la realización de trámites urbanísticos a través de la web

Los ciudadanos podrán realizar a través de la sede electrónica municipal (www.estepona.es) los nuevos procedimientos de declaración responsable para la ejecución de obras menores, de obras con intervención técnica en edificaciones existentes y para la ocupación/utilización de edificaciones.

El Ayuntamiento de Estepona ha habilitado en la sede electrónica los nuevos procedimientos de declaración responsable para la ejecución de obras menores, de obras con intervención técnica en edificaciones existentes y para la ocupación/utilización de edificaciones, en aplicación del Decreto Ley 2/20 de la Junta para simplificar y reducir trámites en materia urbanística.

El objetivo es adoptar una serie de medidas extraordinarias y urgentes destinadas a mejorar la regulación económica, potenciar la actividad en Andalucía, contrarrestar la desaceleración económica y sentar las bases que permitan reorientar el modelo productivo andaluz para hacerlo más competitivo y sostenible.

Este decreto aborda la modificación de determinadas normas , entre otras, la legislación urbanística andaluza, que dificultan el acceso o ejercicio de una actividad productiva a emprendedores y empresas y apuesta por la simplificación de trámites y la reducción de los requisitos administrativos injustificados o desproporcionados para, de esta forma, promover el desarrollo económico y la creación de empleo de calidad.

Para la efectiva aplicación de estas medidas previstas en materia urbanística, la teniente de alcalde del Área de Fomento, Infraestructuras y Turismo, Ana Velasco, ha explicado que en las últimas semanas se viene trabajando en la Delegación Municipal de Urbanismo en la confección de los procedimientos y de los modelos normalizados de declaración responsable, aplicables a la ejecución de obras menores y de otras que, aún requiriendo proyecto técnico, se realicen en edificaciones existentes sin alteración de sus parámetros urbanísticos, así como para la primera ocupación/utilización de nuevas edificaciones en los términos previstos en el recién incorporado artículo 169 bis. de la LOUA; los cuales ya se encuentran ya publicados en la web de la sede electrónica del Ayuntamiento de Estepona (www.estepona.es) y disponibles para su utilización por los interesados.