Estas son las medidas de ahorro energético que entran en vigor este miércoles

Los hosteleros y comerciantes de Málaga han comenzado a aplicar las medidas y ya se han presenciado escaparates con las luces apagadas

Estas son las medidas de ahorro energético que entran en vigor este miércoles - bombilla ahorro
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Algunas de las medidas que entrarán en vigor este miércoles implican limitar a 27 grados el uso del aire acondicionado en verano y a 19 grados la calefacción en invierno en edificios públicos, espacios comerciales y grandes almacenes, infraestructuras de transporte (aeropuertos y estaciones de tren y autobús), espacios culturales y hoteles, así como apagar las luces de escaparates y edificios públicos que estén desocupados a partir de las 22.00 horas. En el caso de todas estas iniciativas tendrán una vigencia hasta el 1 de noviembre de 2023.

Cabe destacar que estas medidas no se aplicarán al alumbrado ornamental de los monumentos. Además, los espacios comerciales, edificios públicos, espacios culturales y hoteles que incumplan el plan de ahorro y eficiencia energética aprobado por el Gobierno afrontarán multas de hasta 60.000 euros por infracciones leves, de hasta seis millones de euros por las graves y de hasta 100 millones de euros por las muy graves. Aún así aseguran que las multan no se impartirán de forma inmediata sino que esta medida va más encaminada a concienciar a los población

Este primer paquete de medidas de ahorro y eficiencia energética ha sido aprobado por el Gobierno para reducir rápidamente el consumo de energía con el objetivo de cumplir con los compromisos europeos derivados del conflicto en Ucrania.

¿Cuáles son los centros en los que se aplicarán estas medidas?

Centros sanitarios y hospitalarios, de formación (colegios, universidades o guarderías), peluquerías, lavanderías, gimnasios y los medios de transporte en sí (trenes, aviones, aeropuertos, barcos…) quedarán excluidos de la obligatoriedad de limitar la temperatura, para no bajar de los 27 grados en verano ni superar los 19 grados en invierno.

También quedan exentos aquellos centros donde sean necesarias exenciones por las especificidades del sector, así como en el caso de hoteles, las habitaciones, que son de regulación privada. En el resto del hotel (por ejemplo restaurantes, cafetería, espacios comunes) sí se aplicaría.

De esta manera, los límites de temperatura establecidos se aplicarán al interior de los establecimientos habitables que estén acondicionados, situados en los edificios y locales destinados a uso administrativo (incluyendo plantas o zonas de oficinas, vestíbulos generales y zonas de uso público), comercial (tiendas, supermercados, grandes almacenes, centros comerciales y similares) y cultural (teatros, cines, auditorios, centros de congresos, salas de exposiciones y similares), así como en establecimientos de espectáculos públicos y actividades recreativas, restauración (bares, restaurantes y cafeterías) y transporte de personas (estaciones y aeropuertos).

Excepción para los locales dedicados a la hostelería

No obstante, la ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera, ha precisado el pasado viernes que bares y restaurantes pueden limitar el uso del aire acondicionado al «entorno de los 25 grados«, teniendo en cuenta las recomendaciones de la legislación laboral, frente a los 27 grados que contempla el real decreto de medidas de ahorro y eficiencia energética aprobado por el Gobierno.

En este sentido, aclaró que los 27 grados se aplicarán «con flexibilidad» y puso como ejemplo que discotecas, cocinas y gimnasios necesitan una temperatura distinta a otros espacios como una librería. «No se puede pedir a trabajadores que están en condiciones de ejercicio físico importante que no tengan las condiciones que el derecho laboral garantiza con respecto a los máximos y mínimos de temperatura», aseguró Ribera en declaraciones a Onda Cero recogidas por Europa Press.

Por ello, los comercios y establecimientos deberán justificar cuándo no aplican el límite de temperatura en el termostato, una flexibilidad incorporada en el decreto ley para proteger los derechos de la salud laboral de sus trabajadores.