Condenada por agredir a policías en Torremolinos mientras exigía la liberación de su novio, detenido por maltratarla

El altercado tuvo lugar en marzo de 2021. Según consta en la resolución judicial, la mujer golpeó las mamparas de seguridad, insultó e increpó a los funcionarios y arrojó plátanos podridos por las escaleras de la Comisaría

Comisaria Torremolinos
Comisaría de la Policía Nacional en Torremolinos – POLICÍA NACIONAL MÁLAGA – Archivo

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de una mujer que irrumpió visiblemente alterada en la Comisaría de la Policía Nacional de Torremolinos para exigir la liberación de su pareja, detenida por supuestos malos tratos hacia ella, y agredió a los agentes presentes. La Sala ha reducido la pena de prisión de nueve meses a dos meses, manteniendo la medida de internamiento psiquiátrico por enfermedad mental.

El altercado tuvo lugar en marzo de 2021. Según consta en la resolución judicial, la mujer golpeó las mamparas de seguridad, insultó e increpó a los funcionarios y arrojó plátanos podridos por las escaleras de la Comisaría. Durante el forcejeo, los policías sufrieron erosiones leves en las manos y sus uniformes resultaron dañados. La acusada también profirió amenazas de represalias y advirtió de supuestas agresiones físicas.

Los peritos determinaron que la mujer padecía un trastorno mental, circunstancia que fue tenida en cuenta en todo el proceso judicial, aplicándose la eximente incompleta por alteración psíquica.

En 2022, el Juzgado de lo Penal número 11 de Málaga condenó a la acusada a nueve meses de prisión, un mes de multa y nueve meses de internamiento psiquiátrico, además de la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo. La Audiencia Provincial de Málaga confirmó la sentencia.

Posteriormente, la defensa recurrió ante el Tribunal Supremo, alegando vulneración del derecho a la presunción de inocencia y error en la aplicación de la eximente completa. El Supremo confirmó la responsabilidad de la mujer por resistencia a la autoridad y lesiones leves, manteniendo la medida de internamiento psiquiátrico, pero revisó la graduación de la pena y la redujo a dos meses de prisión. La sentencia es definitiva y no admite recurso.