El TSJA absuelve al acusado del alijo de 794 kilos hachís en el que se utilizó un todoterreno robado en Marbella

La sentencia señala que la condena impuesta en primera instancia vulneró su derecho a la presunción de inocencia por «falta de pruebas de cargo»

TSJA
TSJA / Fran Bragado

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha absuelto a un hombre que había sido condenado a tres años y ocho meses de prisión por su presunta participación en un alijo de 794 kilos de hachís en Ayamonte (Huelva), un operativo en el que uno de los elementos clave fue el uso de un vehículo todoterreno robado en Marbella.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, el Alto Tribunal ha estimado el recurso de apelación presentado por el acusado y ha revocado la condena impuesta en primera instancia por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Huelva, al considerar que se vulneró su derecho a la presunción de inocencia por la existencia de una «falta de pruebas de cargo».

Los hechos se remontan a la madrugada del 21 de abril de 2024, cuando un dispositivo de la Guardia Civil detectó dos embarcaciones semirrígidas de alta velocidad navegando hacia la ría Carreras, entre Ayamonte e Isla Cristina. Una de ellas llegó a tierra y varias personas comenzaron a descargar los fardos de hachís.

Al percatarse de la presencia de los agentes, los implicados huyeron del lugar utilizando un todoterreno sustraído en Marbella que circulaba con placas de matrícula portuguesas falsas. En el interior de ese vehículo fueron localizados 18 fardos de arpillera cargados de hachís.

Durante el operativo, la Guardia Civil encontró además un segundo todoterreno, también robado y con matrículas falsas, en cuyo interior había otros cuatro fardos de droga, así como una furgoneta abierta. El acusado fue localizado y detenido en las inmediaciones de este segundo vehículo.

En total, los agentes intervinieron 22 fardos de hachís, con un peso neto de 794 kilos y un valor estimado en el mercado ilícito de 1.675.453 euros.

El TSJA aprecia falta de pruebas

Aunque la Audiencia Provincial de Huelva entendió inicialmente que el acusado había participado en el tráfico de drogas, el TSJA modifica de forma sustancial los hechos probados y concluye que únicamente quedó acreditado que el investigado se encontraba cerca de uno de los vehículos.

La resolución destaca que no existe constancia de que participara en la descarga de la droga ni de que mantuviera relación alguna con el alijo, por lo que considera que la condena se sustentó en una prueba indiciaria «manifiestamente insuficiente».

Asimismo, el tribunal señala que el hecho de que el acusado ofreciera una versión que no convenció a los agentes cuando fue interceptado de madrugada no constituye, por sí solo, un indicio suficiente para destruir el principio de presunción de inocencia.

La sentencia añade que durante la instrucción existían otras hipótesis razonables que no fueron investigadas, motivo por el que acuerda revocar la condena y decretar la libre absolución del procesado.