La Junta Electoral de Zona de Marbella ha concluido que no se ha producido una infracción electoral en relación con la difusión de una convocatoria de movilización vinculada a Manilva y Casares, que incluía un enlace para inscribirse en un bus gratuito destinado a asistir a una concentración en Málaga por cuestiones educativas.
El pronunciamiento llega después de la denuncia presentada por María José Jurado Cano, en su condición de representante general del Partido Popular, contra el Ayuntamiento de Manilva, su alcalde, Mario Jiménez Rodríguez, y otros posibles responsables. La denuncia sostenía que la actuación podía vulnerar el artículo 50 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, que regula la neutralidad de los poderes públicos durante los procesos electorales.
Según el escrito presentado por el PP, el Ayuntamiento habría difundido un enlace para reservar plaza en un autobús gratuito con destino a una concentración convocada para el 22 de abril, a las 10:00 horas, en la puerta de la Diputación Provincial de Málaga, y posteriormente, a las 12:30 horas, en la Consejería de Educación.
La denuncia señalaba que el mensaje difundido contenía expresiones como “Intentaron frenarnos, pero NO LO HAN CONSEGUIDO”, “Seguimos adelante y volvemos a la calle con más fuerza que nunca”, “tenemos que ser MUCHOS”, “Manilva y Casares no se rinden, no se callan y NO SE PARAN” y “Comparte este mensaje. Que nadie falte”. Para el Partido Popular, esas frases no respondían a una comunicación institucional neutra, sino a una convocatoria de movilización con contenido político.
El PP también sostuvo que la propia documentación aportada indicaba que “El Ayuntamiento de Manilva pone autobuses gratuitos. Reserva tu plaza aquí”, lo que, a su juicio, apuntaba a una posible utilización de recursos públicos municipales para facilitar la asistencia a la protesta. Por ello, solicitó a la Junta Electoral que declarase vulnerado el principio de neutralidad institucional, que ordenase la retirada de publicaciones o contenidos relacionados con la convocatoria, que requiriese al Ayuntamiento para no sufragar ni publicitar el autobús y que incoase expediente sancionador al alcalde.
El Ayuntamiento negó financiación pública y autoría institucional
El Ayuntamiento de Manilva, por medio de un escrito de alegaciones presentado por el alcalde, rechazó los hechos denunciados y defendió que no existía prueba suficiente de que la difusión se hubiera realizado desde medios municipales ni de que el autobús estuviera financiado con fondos públicos.
En sus alegaciones, el Consistorio sostuvo que no se había aportado ningún acuerdo, expediente, contrato, factura, orden de pago, retención de crédito, reconocimiento de obligación o rastro contable que permitiese concluir que existió financiación municipal, directa o indirecta.
El Ayuntamiento también alegó que la difusión, según la información recopilada por la Alcaldía tras la denuncia, se estaba realizando desde el AMPA y que, a través del sindicato de profesores de Málaga, se había solicitado autorización para la concentración, que según el propio escrito municipal habría sido autorizada por el órgano competente.
Además, el Ayuntamiento defendió que la reivindicación respondía a una demanda histórica relacionada con servicios educativos y que no se trataba de un acto de autobombo institucional, inauguración, presentación de logros ni difusión de realizaciones del gobierno municipal.
Otro de los argumentos planteados por la Alcaldía fue que el partido del que procede el grupo municipal que encabeza el alcalde no concurre a las elecciones autonómicas, por lo que, según su escrito, no cabía hablar de uso de imágenes o expresiones coincidentes con una campaña propia de una entidad política concurrente.
La Junta Electoral no ve campaña electoral encubierta
En su acuerdo, el presidente de la Junta Electoral de Zona de Marbella, Ángel-J. Sánchez Martínez, recuerda que el derecho de reunión no puede confundirse con actos de campaña electoral. También señala que la campaña electoral se refiere a actividades lícitas llevadas a cabo por candidatos, partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones con el objetivo de captar sufragios.
La Junta Electoral analiza el contenido de la denuncia, las alegaciones del Ayuntamiento de Manilva y la documentación aportada por ambas partes. Tras ese examen, concluye que no puede considerarse acreditado que se haya utilizado financiación pública municipal para facilitar la asistencia a la movilización.
El acuerdo indica que no se ha probado que el origen de la difusión fuese un canal institucional municipal ni que exista un acuerdo, expediente o actuación formal imputable al Ayuntamiento como Administración local. Tampoco aprecia acreditación suficiente sobre la financiación pública del autobús o del acto.
La resolución introduce, no obstante, un matiz relevante: reconoce que, aun formando parte de la difusión el Ayuntamiento de Manilva, “lo que es indudable dada la documentación aportada con la denuncia”, y aun habiéndose sumado a la iniciativa, ello no supone por sí mismo una infracción de la normativa electoral.
Sin petición de voto ni alusión a logros municipales
La Junta Electoral considera especialmente relevante que la actuación denunciada no entraña petición de voto, ni contiene alusiones a realizaciones o logros obtenidos, ni menciona proyectos políticos futuros. También descarta que se hayan utilizado imágenes o expresiones coincidentes o similares a las empleadas en campaña electoral.
Por ello, el acuerdo enmarca la convocatoria dentro de la actividad ordinaria de entes públicos, asociaciones y partidos políticos en el ejercicio legítimo de sus derechos constitucionales. En consecuencia, la Junta Electoral concluye que no se ha incurrido en infracción electoral.
La decisión se produce en el marco de una denuncia en la que el Partido Popular pedía medidas urgentes por la cercanía de la movilización prevista y por el posible riesgo de que sus efectos se consumaran o reiteraran durante el proceso electoral.



