El Supremo confirma 41 años de prisión al Melillero y ratifica que actuó con «alevosía» y ánimo de matar

El Alto Tribunal desestima el recurso de la defensa y mantiene las condenas por dos delitos de asesinato en grado de tentativa, al considerar probado que el ataque fue súbito, planificado y ejecutado con un producto de alto potencial letal

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El Tribunal Supremo ha ratificado la condena de 41 años y tres meses de prisión impuesta a José Arcadio D.N., alias el Melillero, por el ataque con ácido sulfúrico perpetrado en 2021 contra su expareja y una amiga de ésta en Cártama (Málaga).

La sentencia del Tribunal Supremo desestima el recurso de casación interpuesto por la defensa contra el fallo dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en abril de 2025, que ya confirmaba las penas impuestas, y mantiene igualmente la condena de 31 años de prisión para Juan José G. como cómplice de dos delitos de asesinato en grado de tentativa, según publica EFE.

Abandonaron a las víctimas sin prestar auxilio

El Alto Tribunal subraya que los hechos probados reflejan “con claridad” que la actuación de los acusados estuvo presidida por el ánimo de acabar con la vida de las víctimas. Además, considera “evidente” la existencia de alevosía, al tratarse de un ataque “súbito e inesperado” que generó una situación de especial indefensión, agravada por la naturaleza del producto empleado, que impedía cualquier resistencia eficaz.

La Sala respalda también la apreciación de ensañamiento, calificando de “firme, coherente y plenamente conforme” la valoración realizada por la Audiencia de Málaga y el TSJA. Según recoge la resolución, los acusados conocían que utilizaban un producto de alto potencial letal, lo que evidencia el dolo de matar.

Tras la agresión, los condenados abandonaron a las víctimas sin prestarles auxilio, mientras ambas salían del vehículo gritando por el intenso dolor provocado por las quemaduras. La sentencia recoge que el Melillero llegó incluso a reírse mientras las observaba, antes de darse a la fuga.

El Supremo descarta además la tesis defensiva de que el ataque iba dirigido exclusivamente contra la expareja del principal acusado, al considerar acreditado que ambos sabían que las dos mujeres solían desplazarse juntas.

El TSJA ya había confirmado la condena en 2025

El TSJA ya había confirmado en abril de 2025 las condenas de ambos acusados, aunque revocó la pena de diez años impuesta a Víctor M.A., quien había adquirido el compuesto químico, decretando finalmente su libre absolución.

El ataque tuvo lugar el 12 de enero de 2021. El Melillero, conocedor del trayecto habitual de su expareja, estacionó su vehículo para esperarla. En el asiento del copiloto viajaba Juan José G., quien portaba en una bolsa de plástico un bote de un litro de ácido sulfúrico al 98% de pureza, facilitado por el propio acusado.

Cuando el vehículo conducido por la joven se aproximó en sentido contrario, el Melillero colocó su coche en paralelo y uno de los ocupantes presionó el envase, dirigiendo el ácido hacia la parte superior del cristal del conductor. Al estar la ventanilla parcialmente bajada, la sustancia penetró en el interior del turismo y cayó sobre el cuerpo de la víctima, afectando gravemente al lado derecho de su rostro y extremidades, mientras que parte del ácido alcanzó también a su acompañante.

Ambas mujeres tuvieron que abandonar el vehículo precipitadamente para evitar la asfixia, entre gritos de dolor por las graves quemaduras sufridas.