El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha avalado la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Málaga que condena a cuatro años de prisión a un hombre por abusar sexualmente de una joven después de coincidir con ella en una discoteca de la capital malagueña. El fallo desestima el recurso presentado por la defensa y respalda íntegramente el relato de hechos considerado probado en primera instancia.
Los magistrados sitúan los hechos en la madrugada de marzo de 2022, cuando la víctima coincidió con el acusado en un local de ocio nocturno junto a un grupo de amigos y conocidos comunes. Entre ellos se encontraba un hombre que, por entonces, compartía vivienda con la pareja de la joven. Durante la noche, según recoge la sentencia, el acusado le facilitó una bebida alcohólica y permaneció con ella hasta el cierre del establecimiento.
El tribunal considera acreditado que, aprovechando el estado de embriaguez que presentaba la mujer, el procesado no la acompañó al domicilio de su novio, tal y como estaba previsto, sino que la trasladó a su propia vivienda sin su consentimiento, donde mantuvo relaciones sexuales cuando no estaba en condiciones de prestar una voluntad válida.
La resolución judicial detalla que la joven despertó horas después en el domicilio del acusado, con molestias físicas, desorientada y con la ropa parcialmente rota, sin recordar con claridad lo sucedido desde su estancia en la discoteca. En ese momento, tuvo la convicción de haber sido víctima de un abuso sexual.
Además de la pena de prisión, el condenado deberá cumplir cinco años de libertad vigilada, no podrá acercarse ni comunicarse con la víctima durante ese mismo periodo y estará obligado a participar en un programa de educación sexual. En el ámbito civil, se le impone el pago de una indemnización de 6.000 euros.
El TSJA subraya en su resolución que la declaración de la víctima presenta plena credibilidad, frente a la versión del acusado, que reconoció el contacto sexual pero negó la falta de consentimiento. Los magistrados concluyen que la ingesta elevada de alcohol afectó de manera significativa a las capacidades de la joven, lo que impide considerar válido cualquier consentimiento prestado en ese contexto.



