Cuatro años de cárcel por una red de contrabando de tabaco en Málaga

Los condenados promocionaban la venta en páginas de anuncios por internet y enviaban la mercancía contrarreembolso

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Policía Nacional Málaga

El negocio se movía entre anuncios en internet, contactos por mensajería y envíos contrarreembolso desde empresas de paquetería ubicadas en polígonos industriales de Málaga. Detrás, según ha confirmado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, había una operativa organizada para distribuir picadura de tabaco lista para ser fumada por toda España utilizando remitentes falsos y sociedades inexistentes.

El TSJA ha ratificado la condena dictada por la Audiencia Provincial de Málaga contra cuatro personas, una de ellas a título lucrativo, por un delito de contrabando relacionado con el envío de picadura de tabaco a través de empresas de transporte. El alto tribunal andaluz ha desestimado los recursos presentados por dos de las defensas, que alegaban errores en la valoración de la prueba.

La sentencia confirma las penas de cuatro años de prisión para el considerado autor principal del delito, tres años de cárcel para el cooperador necesario y once meses y 29 días de prisión para la mujer considerada cómplice. Además, los dos hombres deberán abonar una multa de 1,5 millones de euros.

Según los hechos considerados probados por la Audiencia de Málaga y ahora confirmados por el TSJA, entre julio de 2019 y octubre de 2020, tres de los acusados —dos hombres y una mujer— se dedicaron al contrabando de picadura de tabaco, cuya venta promocionaban en páginas de anuncios por internet. Para ello, facilitaban el teléfono móvil de uno de los condenados y contactaban con los compradores mediante aplicaciones de mensajería instantánea.

La mercancía era enviada a distintos puntos de la geografía nacional mediante empresas de paquetería situadas en polígonos industriales de Málaga. Los dos hombres, según recoge la resolución, se encargaban de envasar al vacío el producto y uno de ellos acudía después a las compañías de transporte para entregar los paquetes.

Empresas ficticias y remitentes falsos

La operativa se apoyaba en el uso de sociedades ficticias e inexistentes, supuestamente dedicadas a la automoción y a la nutrición deportiva, con el objetivo de ocultar la verdadera naturaleza de los envíos. La sentencia señala que los condenados utilizaban remitentes falsos para “enmascarar” el contenido real de los paquetes: picadura de tabaco lista para ser fumada.

Además, los acusados emplearon identidades y contactos de dos mujeres para realizar distintas gestiones. En uno de los casos, el condenado utilizó el DNI de su pareja sin su conocimiento ni consentimiento para crear una cuenta de cliente con la que efectuar envíos, retirar reembolsos y abrir una cuenta vinculada a estos negocios ilícitos. Esta mujer fue condenada a título lucrativo.

Los paquetes eran enviados contrarreembolso. De este modo, el destinatario recibía el tabaco y abonaba el importe a la empresa de transporte. Posteriormente, uno de los condenados acudía a la sociedad de paquetería para liquidar y retirar el dinero procedente de la actividad ilícita.

La sentencia también recoge que una de las acusadas realizó 23 ingresos por cajero entre febrero de 2017 y abril de 2020 por un importe total de 5.515 euros, cantidades que el tribunal considera compatibles con los reembolsos de esta operativa. En otro caso, uno de los procesados registró como clienta a su pareja sentimental, que no ha sido condenada al actuar sin conocimiento ni consentimiento, y recibió transferencias por valor de 31.668 euros.

Registro en el polígono Guadalhorce

La investigación dio un paso clave en septiembre de 2020, durante una entrada y registro en unos trasteros situados en el polígono industrial Guadalhorce de Málaga, en el marco de una operación policial desarrollada por la Guardia Civil del Puerto de Cádiz. Allí se incautó un gran número de bolsas de envío de distintas empresas de mensajería.

A raíz de esta intervención, se llevó a cabo una inspección fiscal en una empresa de paquetería, donde fueron intervenidos 13 paquetes de diferentes tamaños, pesos y destinatarios. Tras ser visualizados por escáner y analizados, contenían producto orgánico compatible con picadura de tabaco, en cantidades relevantes, según detalla la sentencia.

Además de las penas de prisión y las multas impuestas, la resolución mantiene la obligación de los condenados de responder por la deuda tributaria y aduanera no ingresada, cifrada en 1,3 millones de euros, que deberán abonar de forma solidaria como indemnización a la Agencia Tributaria. La persona condenada a título lucrativo deberá hacer frente a una parte de esa cantidad.