La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena impuesta a un hombre por abusar sexualmente de su prima cuando esta era menor de edad, desestimando así el recurso presentado por su defensa y ratificando en todos sus extremos la sentencia dictada por la Audiencia de Málaga.
De este modo, el alto tribunal andaluz mantiene la pena de 13 años y medio de años y medio de prisión que ya había sido impuesta al acusado por unos hechos ocurridos cuando la víctima tenía entre cinco y diez años. Según se declaró probado en la resolución de la Audiencia, ahora confirmada por el TSJA, los episodios tuvieron lugar en casa de una tía abuela o de la abuela de la menor.
La sentencia recoge que, durante ese periodo, y en numerosas ocasiones, el condenado realizó a la niña tocamientos y también actos de agresión sexual. Asimismo, se considera acreditado que el acusado, que era 14 años mayor que la víctima, le advertía de que no se resistiera y de que no contara lo sucedido a nadie.
Los hechos se remontan al periodo comprendido entre 2002 y 2007. Aunque, según los informes recogidos en la resolución, no se aprecia en la víctima un daño psíquico permanente, sí se observan secuelas emocionales en su personalidad, circunstancia que también ha sido tenida en cuenta por los tribunales.
Junto a la pena de prisión, la Justicia mantiene también la prohibición de aproximación y comunicación con la víctima durante 20 años, además de la obligación de indemnizarla con 50.000 euros por daños morales. Todas estas medidas han sido igualmente ratificadas por el TSJA.
En la resolución ahora confirmada, la Audiencia ya subrayaba la persistencia en la incriminación por parte de la víctima. Además, destacaba como verosímil la explicación ofrecida sobre el momento en que decidió contar lo sucedido, muchos años después de que cesaran los abusos.
En este sentido, la sentencia señala que la víctima decidió revelar los hechos al saber que el acusado tenía una hija y ante el temor de que pudiera abusar sexualmente de ella, tratando así de protegerla. El tribunal considera que esa motivación resulta plausible, reforzando con ello la solidez del relato incriminatorio.



