Rebajan la condena a un hombre por abusar sexualmente de su sobrina menor de edad en Málaga

Los hechos que dieron lugar a esta condena tuvieron lugar en el año 2016 en el contexto de una reunión familiar y posteriormente en la vivienda del acusado

Rebajan la condena a un hombre por abusar sexualmente de su sobrina menor de edad en Málaga - TSJA
Fachada del TSJA, en Granada. Archivo. – EUROPA PRESS

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha decidido rebajar la pena impuesta a un hombre condenado por abuso sexual a su sobrina menor de edad en Málaga. La sentencia inicial, dictada por la Audiencia Provincial de Málaga, establecía una condena de ocho años de prisión. No obstante, tras el recurso presentado por la defensa, el TSJA ha revisado la pena y la ha reducido a tres años y nueve meses, manteniendo la culpabilidad, según informó Europa Press.

Antecedentes del caso y hechos probados

Los hechos que dieron lugar a esta condena tuvieron lugar en el año 2016 en el contexto de una reunión familiar y posteriormente en la vivienda del acusado. Según consta en la sentencia, la víctima, que entonces tenía 13 años, sufrió diferentes agresiones por parte de su tío, quien aprovechó la cercanía familiar para cometer los abusos.

La menor no denunció los hechos en el momento en que ocurrieron, sino que presentó la denuncia en 2021, varios años después. La demora en la denuncia, según reflejan las resoluciones judiciales, se debió al impacto psicológico sufrido por la víctima, que atravesó por un importante proceso de ansiedad y depresión.

Sentencia de la Audiencia de Málaga

En primera instancia, la Audiencia Provincial de Málaga condenó al acusado por dos delitos de abuso sexual a menor de 16 años. La pena inicial consistía en una condena total de ocho años de prisión, además de una serie de medidas complementarias destinadas a proteger a la víctima y prevenir futuros delitos.

Entre las medidas impuestas se encuentran la prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima durante un periodo de ocho años una vez cumplida la pena, así como la libertad vigilada durante dos años posteriores a la salida de prisión. Además, el acusado fue inhabilitado para ejercer cualquier profesión u oficio relacionado con menores durante catorce años y se le impuso una indemnización de 6.000 euros a favor de la víctima.

Revisión de la pena por parte del TSJA

El acusado presentó un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que ha revisado la condena emitida por la Audiencia Provincial. El TSJA ha desestimado la mayoría de los argumentos presentados por la defensa, confirmando la credibilidad y coherencia del relato de la víctima. La Sala ha subrayado que la declaración de la denunciante fue “contundente, verosímil y persistente”, sin que existan indicios de que la historia relatada sea falsa.

Sin embargo, el tribunal ha estimado parcialmente uno de los argumentos en relación con la calificación de uno de los episodios. Considera que los hechos ocurridos durante una fiesta familiar, consistentes en ciertos contactos físicos limitados sin uso de violencia, deben ser considerados de menor entidad en comparación con otros episodios ocurridos en la vivienda del acusado. Esta valoración ha sido la base para la rebaja de la condena.

Condena definitiva y medidas aplicadas

Como resultado de esta revisión, el TSJA ha modificado la condena inicial y ha impuesto una pena total de tres años y nueve meses de prisión, que se divide en:

  • Dos años y medio por un delito de abuso sexual a menor de 16 años.
  • Un año y tres meses por otro delito similar de menor entidad.

En ambos casos, se aplicó la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, que reconoce la demora en la resolución del caso. Asimismo, se mantienen las medidas de protección a la víctima, incluyendo:

  • Prohibición de aproximación y comunicación con la víctima durante seis años tras la salida de prisión.
  • Libertad vigilada durante cuatro años.
  • Inhabilitación para ejercer profesiones u oficios relacionados con menores durante doce años.
  • Mantenimiento de la indemnización de 6.000 euros.