El Gobierno de España ha aprobado una nueva instrucción que refuerza la prohibición de los vientres de alquiler y modifica el proceso de inscripción en el Registro Civil para los bebés nacidos por esta práctica en el extranjero. A partir de ahora, no bastará con una resolución administrativa o judicial extranjera para formalizar la filiación en territorio español.
En virtud de esta instrucción, cuya publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) está prevista para mañana, la determinación de la filiación deberá realizarse únicamente mediante los cauces legales reconocidos en el ordenamiento jurídico español: vínculo biológico o adopción.
La medida responde a una reivindicación histórica del movimiento feminista y de organizaciones en defensa de la infancia, que han denunciado la mercantilización del cuerpo de la mujer y de los menores implicados en los contratos de gestación por sustitución.
Cambio de criterio registral tras la sentencia del Supremo
La instrucción aprobada por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes supone una adecuación del sistema registral español a la jurisprudencia del Tribunal Supremo (TS), en especial a su sentencia plenaria de diciembre de 2024. En ese fallo, el alto tribunal denegó por primera vez el exequatur a una resolución judicial de Estados Unidos que validaba un contrato de gestación subrogada, al considerarlo nulo y contrario al marco legal español.
El Tribunal Supremo argumentó que este tipo de contratos cosifican tanto a la mujer gestante como al menor, y recordó que su validez debe analizarse conforme a las leyes españolas y a los convenios internacionales aplicables, así como a la jurisprudencia consolidada.
El Gobierno ha insistido en que la nueva normativa busca garantizar el interés superior del menor, protegiéndolo de prácticas que puedan implicar su instrumentalización. Asimismo, se pretende evitar que ciudadanos españoles recurran a esta vía en el extranjero para eludir una prohibición vigente desde 2006 en el país.
Una práctica cada vez más restringida en Europa
España no es el único país que ha tomado esta postura. Alemania, Francia e Italia también mantienen la prohibición de la gestación por sustitución, siguiendo el criterio de numerosas instituciones europeas. El Parlamento Europeo, por ejemplo, ha calificado esta práctica como “contraria a la dignidad humana de la mujer”, al convertir su cuerpo y funciones reproductivas en una materia prima.
A pesar de la prohibición vigente, en 2024 se registraron en España 154 inscripciones de menores nacidos mediante vientres de alquiler en el extranjero, gracias a resoluciones judiciales foráneas que hasta ahora eran aceptadas por la vía del exequatur.
La nueva instrucción también se alinea con la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que reconoce el derecho de los Estados a adoptar medidas restrictivas frente a la gestación subrogada cuando esta esté prohibida por su ordenamiento interno.



