Un vecino de Málaga ha sido absuelto por la Audiencia de A Coruña de los cargos de homicidio y lesiones por imprudencia grave tras un trágico accidente en el peaje de Guísamo-Tronco, en la autopista AP-9-F. El siniestro, ocurrido el 18 de enero de 2020, resultó en la muerte de su esposa, de 62 años, y heridas graves tanto para él como para una trabajadora del peaje.
La Fiscalía había solicitado una pena de prisión al considerar que el conductor, de 64 años, circulaba a una velocidad excesiva, pero el tribunal aceptó la versión del acusado, quien alegó que el coche sufrió un fallo mecánico, concretamente en los frenos.
El accidente ocurrió a las 11:45 horas, cuando el vehículo, un Renault Kadjar, chocó contra el muro de protección del peaje, una cabina y posteriormente volcó. El conductor y la trabajadora del peaje tardaron meses en recuperarse, mientras que la esposa del acusado falleció en el acto.
El atestado de la Guardia Civil señaló inicialmente una «supuesta distracción» al elegir la cabina del peaje, destacando que el coche circulaba a 82,8 km/h en una zona limitada a 40 km/h. Sin embargo, no se pudo descartar un posible fallo mecánico en el sistema de frenado, especialmente dado que el coche, con más de 200.000 kilómetros, había sido revisado poco antes del viaje.
Durante el juicio, que se celebró en septiembre de 2023, los investigadores de la Guardia Civil declararon haber descartado el fallo mecánico tras analizar el vídeo del accidente, aunque el abogado del acusado, Jesús R. Martín Fernández, sostuvo que no se había realizado una investigación exhaustiva sobre los frenos ni el embrague del vehículo.
El informe de un perito judicial especializado en accidentes de tráfico respaldó la versión del conductor, indicando que las luces de freno traseras se encendieron por un momento, pero el coche no desaceleró. Además, se observó que el vehículo circulaba en sexta marcha, algo poco habitual para esa velocidad, lo que podría indicar un fallo.
El Juzgado de lo Penal n.º 2 de La Coruña condenó inicialmente al conductor a una multa de 2.250 euros por imprudencia menos grave. Sin embargo, la Audiencia Provincial revocó esta decisión al considerar que no había pruebas concluyentes sobre la negligencia del acusado.
La sentencia firme de la Audiencia destacó que no se realizaron las pruebas necesarias para descartar un fallo mecánico. «La presunción de inocencia exige pruebas más allá de toda duda razonable«, afirmó el tribunal.
Las hijas del matrimonio renunciaron a cualquier indemnización y pidieron el archivo de la causa, mientras que la trabajadora del peaje tampoco presentó denuncia. En concepto de responsabilidad civil, sólo se solicitó una compensación de 13.319 euros por los daños causados a la infraestructura.



