La Audiencia Provincial de Málaga, a través de su Sección Segunda, ha emitido la sentencia número 84/2025, de fecha 17 de marzo de 2025, por la que absuelve a tres ciudadanos alemanes, identificados como H.B., G.K. y M.Y.S., de los delitos de abusos sexuales con acceso carnal de los que eran acusados.
El tribunal consideró que no existía prueba suficiente para fundamentar una condena penal, lo que llevó a la aplicación del principio de presunción de inocencia. La Fiscalía había solicitado penas de hasta 8 años de prisión para cada uno de los procesados.
Un testimonio con contradicciones
Los hechos ocurrieron la madrugada del 16 de junio de 2021, cuando la denunciante, identificada como M.N.A.P., acudió a un apartamento turístico en Málaga donde se encontraban los acusados. Previamente, uno de ellos había contactado con ella mediante una aplicación de mensajería, pactando una relación sexual a cambio de 50 euros.
Durante el juicio, los acusados manifestaron que las relaciones sexuales fueron consentidas y que el conflicto surgió debido a una disputa económica, ya que la denunciante exigió una cantidad mayor a la acordada. La sentencia concluye que no se acreditaron elementos de violencia, intimidación ni ausencia de consentimiento en los encuentros con H.B. y G.K., mientras que M.Y.S. no participó en ningún acto de carácter sexual.
El tribunal subrayó que el relato de la denunciante presentaba contradicciones relevantes, falta de persistencia y escasa corroboración objetiva, razones que impidieron dictar una sentencia condenatoria.
Un caso que genera reflexión sobre la instrucción penal
La defensa de dos de los acusados fue asumida por la abogada María Barbancho Saborit, del despacho Barbancho Legal, especializado en derecho penal. Desde el bufete han destacado el impacto del proceso en los acusados, quienes han permanecido casi cuatro años bajo investigación antes de obtener su absolución.
El caso pone en evidencia la necesidad de reforzar los mecanismos de depuración temprana en la fase de instrucción penal, especialmente en procedimientos delicados, para evitar que personas inocentes enfrenten largos y complejos procesos sin indicios sólidos ni pruebas suficientes.
La sentencia aún puede ser recurrida
La resolución de la Audiencia Provincial de Málaga no es firme y podría ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Sin embargo, la aplicación estricta del principio de in dubio pro reo por parte del tribunal deja en evidencia la ausencia de pruebas que desvirtuaran la presunción de inocencia de los acusados.



