Estepona, Marbella y Manilva entrarán en el Nivel 4 Grado 2 a partir de este miércoles, y por tanto deberá cerrar totalmente cualquier actividad comercial no esencial, incluyendo la hostelería.
Sin embargo, la Junta de Andalucía establece una serie de actividades consideradas «esenciales», y que por tanto podrán seguir funcionando.
Entre ellas figura la educación, de forma que a los centros universitarios, docentes y similares no se les aplicará el cierre de toda actividad no esencial.
El BOJA establece que en el grado 1 y 2 se mantendrá la actividad docente no universitaria de forma presencial, incluido comedores escolares, aula matinal y transporte escolar, así como que las restricciones previstas en la ocupación de vehículos «no serán de aplicación cuando los viajeros sean escolares, en sus desplazamientos a los centros educativos o desde los mismos, en cuyo caso se podrá ocupar la capacidad total de los vehículos».
Por último, la orden fija que «en el grado 1 y 2 se mantendrá la actividad presencial en todos los centros de formación profesional, conservatorios, escuelas de idiomas, academias, centros de educación permanente de adultos y centros de investigación«.
En cuanto al comercio, las excepciones al cierre total son las siguientes:
- Establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad.
- Centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- Servicios sociales y sociosanitarios.
- Farmacias.
- Parafarmacia.
- Centros o clínicas veterinarias.
- Mercados de abastos.
- Ópticas y productos ortopédicos.
- Productos higiénicos.
- Servicios profesionales y financieros.
- Prensa, librería y papelería.
- Floristería.
- Venta de combustible.
- Talleres mecánicos.
- Servicios de reparación y material de construcción.
- Ferreterías.
- Estaciones de inspección técnica de vehículos (ITV).
- Estancos.
- Equipos tecnológicos y de telecomunicaciones.
- Alimentos para animales de compañía.
- Servicios de entrega a domicilio.
- Tintorerías.
- Lavanderías.
- Peluquerías.
- Empleados del hogar.
- Mercadillos.
En cuanto al deporte, se permite la práctica de actividades oficiales de carácter no profesional o profesional, así como el deporte federado a partir de 16 años.
La hostelería deberá cesar también su actividad, aunque igualmente hay excepciones para las siguientes actividades:
- Servicios de entrega a domicilio.
- Recogida de comida de carácter social o benéfico.
- Restaurantes de los establecimientos de alojamientos turísticos para uso exclusivo de sus clientes.
- Los integrados en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y sociales.
- Comedores escolares y los servicios de comedor de carácter social.
- Servicios de restauración de centros de formación y de los centros de trabajo destinados a las personas trabajadoras.
- Los ubicados en centros de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada para posibilitar la actividad profesional de conducción
También se permite la entrega y reparto de alimentos con carácter solidario o benéfico.



