A falta de la información más detallada que publicará mañana el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, estas son las actividades esenciales que podrán desarrollarse en la provincia de Málaga a partir de las 18 horas del martes:
- Establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad.
- Centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- Servicios sociales y sociosanitarios.
- Centros o clínicas veterinarias.
- Ópticas y productos ortopédicos.
- Productos higiénicos.
- Librería y papelería.
- Combustibles.
- ITV.
- Servicios de entrega a domicilio.
- Velatorios.
- Centros deportivos para la realización de actividad física siempre que sea al aire libre.
- Comedores sociales y demás establecimientos para la entrega y reparto de alimentos.
- Autoescuelas.
- Peluquerías.
- Academias de enseñanza.



