Entran en vigor el cierre adelantado y el confinamiento de todos los municipios de Andalucía

Desde la pasada medianoche, toda actividad no esencial debe cerrar a las 18:00 horas y el toque de queda se establece de 22:00 a 07:00 horas. No se podrá salir del municipio salvo para trabajar o por causa justificada.

Desde la pasada medianoche están en vigor las nuevas medidas decretadas por la Junta de Andalucía para frenar la pandemia por Covid-19, que incluyen el cierre perimetral de la totalidad de los municipios, el cese de toda actividad no esencial a las 18:00 horas, y el aumento del ‘toque de queda’, que desde hoy se establece entre las 10 de la noche y las siete de la mañana.

Además, la práctica totalidad de Andalucía pasa al nivel 4 grado 1, a excepción de las comarcas que quedan en nivel 3 grado 2: Campo de Gibraltar, Córdoba Norte, Valle del Guadalhorce, Málaga capital, Levante-Alto Almanzora y Poniente de Almería; y la provincia de Granada, que se sitúa en nivel 4 grado 2.

Actividades permitidas

A partir de las 18:00 y hasta las 22:00 horas se permiten algunas actividades consideradas esenciales:

  • Actividad industrial.
  • Comercio mayorista.
  • Transporte de mercancías.
  • Alimentación, bebidas y bienes de primera necesidad.
  • Servicios profesionales (despachos de abogados, procuradores, notaría, consultoría, auditoría, servicios de telefonía, consulta de psicología, estudios de arquitectura, etc.).
  • Empleados públicos.
  • Empleados de hogar.
  • Centros veterinarios.
  • Gasolineras.
  • Alquiler de vehículos.
  • Estaciones de ITV.
  • Reparto a domicilio (incluída la comida).
  • Comedores sociales y reparto de alimentos con carácter benéfico.
  • Velatorios.
  • Servicios de ejecución de medidas judiciales y puntos de encuentro familiar.
  • Servicios de urgencias.
  • Centros de investigación.
  • Establecimientos en régimen horario especial: áreas de servicio en carrreteras; establecimientos en aeropuertos y estaciones; establecimientos en hospitales, tanatorios y centros sanitarios; establecimientos en lonjas, mercados y similares para servicio a trabajadores.

No están incluidos dentro de estas excepciones, y por tanto deben cerrar a las 18:00 horas los estancos, peluquerías y clínicas estéticas.

Hostelería

Los bares y restaurantes que podrán seguir abiertos a partir de las 18:00 horas son:

  • Restaurantes en establecimientos turísticos para uso exclusivo de sus clientes.
  • Restauración en centros sanitarios, sociosanitarios y sociales.
  • Comedores escolares.
  • Comedores sociales.
  • Restauración en centros de formación y centros de trabajo para los trabajadores.
  • Restauración y expendedores de comida en gasolineras y centros de carga o descarga.

El resto deberá cerrar a las 18:00 horas.

Práctica deportiva

A partir de las 18:00 horas, también se permite la práctica deportiva en determinados supuestos:

  • Deporte federado a partir de 16 años en espacios deportivos cubiertos y al aire libre.
  • Deporte al aire libre a partir de 16 años siempre que o sea de contacto.

El resto, como los gimnasios en espacios cerrados, deberán cerrar a las 18:00 horas y no podrán abrir antes de las 07:00 horas.

Centros educativos y academias

En cuanto a la actividad educativa, de 18:00 a 22:00 horas se permiten las siguientes aperturas:

  • Centros educativos y actividad universitaria para prácticas e investigación.
  • Aula matinal.
  • Centros de formación profesional.
  • Centros de educación permanente de adultos.
  • Conservatorios.
  • Autoescuelas.
  • Academias de formación.
  • Catequesis.
  • Transporte escolar.

También se permiten a partir de las 18:00 horas exámenes presenciales para oposiciones a la Junta de Andalucía, con un máximo de 50 personas por aula y con autorización expresa de la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica.

Otras actividades permitidas

Determinadas actividades como las obras de construcción, y los talleres de carpintería y mecánica, podrán desarrollarse a partir de las 18:00 horas, sin atender al público salvo casos urgentes (en el caso de los mecánicos).

Asimismo se permiten los desplazamientos entre municipios para trabajar o bajo causa justificada.

Toque de queda

A partir de las 22:00 horas y durante el toque de queda, solo se permiten las siguientes excepciones:

  • Adquisición de medicamentos, productos sanitarios y bienes de primera necesidad.
  • Asistencia a centros sanitarios.
  • Asistencia a centros veterinarios por motivos de urgencia.
  • Cumplimiento de obligaciones laborales, institucionales o legales.
  • Retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de estas actividades.
  • Asistencia y cuidado a mayores, menores dependientes, personas con discapacidad o especialmente vulnerables.
  • Repostaje en gasolineras cuando resulte necesario para estas actividades.
  • Competiciones deportivas profesionales oficialmente reconocidas y ámbito estatal.
  • Actividad en lonjas pesqueras, centros de expedición de primeras ventas, mercados centrales y lonjas de abastecimiento de productos agroalimentarios.
  • Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  • Cualquier otra actividad de análoga naturaleza debidamente acreditada.

Todo ello se mantendrá vigente hasta las 00:00 horas del 24 de noviembre en las zonas incluidas en el nivel 3 y en el nivel 4 Grado 1. En estas áreas, las actividades no esenciales pueden desarrollarse hasta las 18:00 horas, y la única diferencia está en las limitaciones de aforo. En la provincia de Granada (nivel 4 Grado 2), el cese de toda actividad no esencial es permanente.