La Costa del Sol baja a nivel 1 al igual que el resto de la provincia de Málaga

El pasaporte covid deja de ser obligatorio en ocio y hostelería a partir de hoy

La Costa del Sol baja a nivel 1 al igual que el resto de la provincia de Málaga - mascarilla

Hoy se han celebrado las reuniones de los Comités de Alerta de Salud Pública en las ocho provincias y la Costa del Sol, al igual que el resto de la provincia de Málaga, ha pasado de nivel 2 a nivel 1. Estos nuevos niveles de alerta entran en vigor desde las 00.00 horas del miércoles 16 de febrero y hasta las 00.00 horas del 2 de marzo. Además, a partir de hoy el pasaporte covid ha dejado de ser obligatorio en hostelería y ocio.

Sobre la base de los informes de evaluación específica realizados por la Sección de Epidemiología de las respectivas delegaciones territoriales de la Consejería de Salud y Familias, y siguiendo los indicadores epidemiológicos establecidos (IA a 14 días, IA a 7 días, IA a 14 días en mayores de 65 años, pruebas PDIA, índice de camas UCI, índice de hospitalización y cobertura de vacunación), se ha acordado la evaluación de niveles por distritos y áreas sanitarias. De este modo, Andalucía no contempla ninguna medida restrictiva tras acordarse la modificación de limitaciones horarias y de aforo en los niveles 1 y 2.

Según lo publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) las medidas a adoptar en los municipios que se declaren en el nivel 1 de alerta sanitaria frente al covid son las siguientes:

El uso de los aseos, vestuarios, probadores, salas de lactancia o similares de clientes, visitantes o usuarios será conforme al aforo autorizado en los mismos, manteniendo el uso obligatorio de mascarilla, una ventilación adecuada y estableciendo las medidas organizativas oportunas para evitar aglomeraciones que impidan mantenimiento de las medidas preventivas y de higiene, adecuadas para prevenir los riesgos de contagio.

En el caso de la realización de la evaluación de riesgo por la autoridad sanitaria para las actividades, pruebas y eventos deportivos de ocio, competición o exhibición que concentren a más de 2.000 personas entre participantes y público al aire libre o en instalaciones deportivas al aire libre no será necesario.

En los cines, teatros, auditorios, establecimientos especiales para festivales, circos de carpa y espacios similares, así como en recintos al aire libre y en otros locales y establecimientos destinados a actos y espectáculos públicos, se adoptarán las siguientes medidas:

  • La circulación de las personas por el recinto deberá organizarse de manera que se respete la distancia de seguridad interpersonal.
  • La apertura de puertas se realizará con antelación suficiente para permitir un acceso escalonado.
  • La salida del público deberá procurarse que se realice también de forma escalonada por zonas, garantizando la distancia de seguridad entre personas, debiendo indicarse mediante la oportuna señalética.
  • En el caso de espectáculos públicos o eventos multitudinarios, será obligatorio el uso de la mascarilla aunque se celebren en espacios al aire libre. Se establecerán sectores independientes de máximo 1.000 personas respetando en todo momento las normas de seguridad y evacuación. Se designará un punto de acceso a cada sector con servicios independientes. No será necesaria realizar la evaluación de riesgos por la autoridad sanitaria.

En los ensayos y conciertos de bandas de música, los instrumentos de viento, incluidas sus partes, como cañas o boquillas, no deberán compartirse entre los diferentes integrantes, siendo su uso exclusivo.

En las ferias comerciales, conferencias, congresos y otros eventos profesionales, no será necesario realizar la evaluación de riesgo por la autoridad sanitaria.