Atención si tienes patinete eléctrico: estas son las normas que debes conocer para evitar multas

La reforma del Reglamento General de Circulación entrará en vigor el 1 de octubre con medidas dirigidas a reforzar la protección de los usuarios más vulnerables de la vía

Patinetes eléctricos. Archivo
Patinetes eléctricos. Archivo

Los patinetes eléctricos están cada vez más presentes en los desplazamientos diarios, pero utilizarlos implica cumplir una serie de requisitos que los conductores deben conocer. La Policía Local de Tesorillo ha recordado las principales obligaciones que afectan a los vehículos de movilidad personal (VMP), algunas de ellas sujetas además a fechas clave que marcarán su circulación legal.

El recordatorio llega cuando se aproxima un nuevo cambio normativo. El Consejo de Ministros aprobó el pasado 23 de junio una modificación del Reglamento General de Circulación que comenzará a aplicarse el próximo 1 de octubre y que busca incrementar la seguridad de quienes presentan una mayor vulnerabilidad en las vías.

Dentro de este colectivo se encuentran peatones, ciclistas, motociclistas y usuarios de vehículos de movilidad personal, por lo que quienes utilizan habitualmente un patinete eléctrico deberán prestar especial atención a las reglas de circulación y seguridad.

Entre las obligaciones señaladas por la Policía Local figura el seguro de responsabilidad civil, obligatorio desde el 2 de enero de 2026 para los patinetes eléctricos que circulen por vías públicas. También se establece una edad mínima de 15 años para conducir un VMP desde el 1 de octubre de 2025.

¿Qué requisitos debe cumplir un patinete eléctrico?

Otro de los aspectos fundamentales es la certificación del vehículo. Los patinetes adquiridos antes del 22 de enero de 2024 pueden seguir circulando sin certificado ni placa de marcaje durante el periodo transitorio, que finalizará el 22 de enero de 2027.

La situación cambia para los adquiridos después de esa fecha, que deben disponer del correspondiente certificado y placa metálica de fábrica.

La fecha de 2027 será especialmente importante para quienes tengan modelos antiguos. Según la información difundida, desde enero de ese año, los vehículos que carezcan de la certificación técnica de la DGT no podrán continuar circulando legalmente. A sus propietarios se les recomienda consultar con el fabricante para comprobar si su modelo puede conseguirla.

A estas exigencias se suman los elementos de protección personal. La información divulgada por la Policía Local señala la utilización de casco y chaleco reflectante para mejorar la seguridad del conductor y facilitar su visibilidad ante el resto de usuarios.

Ni por las aceras ni a más de 25 kilómetros por hora

Los límites sobre dónde y cómo utilizar estos vehículos también son importantes. La velocidad máxima está fijada en 25 kilómetros por hora y los patinetes no pueden circular por las aceras ni por zonas reservadas a los peatones. Tampoco está permitido utilizarlos por vías interurbanas.

La conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas está igualmente prohibida, mientras que se recuerda la necesidad de respetar tanto al resto de usuarios como al entorno durante los desplazamientos.

El propio patinete debe contar además con determinados sistemas de seguridad. Entre ellos figuran luz delantera blanca, iluminación trasera roja y un sistema de frenado eficaz en las dos ruedas.

También se contemplan elementos reflectantes o catadióptricos: blancos en la parte delantera, rojos en la trasera y amarillos en los laterales.

Con la llegada de nuevos cambios en el Reglamento General de Circulación y las diferentes fechas establecidas para los VMP, conocer las obligaciones resulta especialmente relevante para quienes utilizan el patinete como medio habitual de transporte y quieren evitar sanciones o la inmovilización del vehículo.