Confirman la condena a dos vecinos de Mijas que se pelearon después de que el hijo de uno pidiera hacer una acampada en la urbanización

Uno de los vecinos perdió cuatro dientes y el otro sufrió un esguince cervical con mareos y vértigos

TSJA
TSJA / Fran Bragado

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado las condenas impuestas al presidente de una comunidad de propietarios y a otro vecino de Mijas por una pelea que comenzó después de una discusión relacionada con el permiso que el hijo de uno de ellos había solicitado para realizar una acampada en la urbanización, según ha informado Europa Press.

Los hechos se remontan a 2021, cuando uno de los condenados ejercía como presidente de la comunidad de propietarios en la que también residía el otro hombre.

Según los hechos declarados probados por la Audiencia de Málaga, el hijo de uno de los vecinos acudió al domicilio del presidente de la comunidad para solicitar autorización para realizar una acampada junto a varios amigos dentro de la urbanización.

Durante ese encuentro se produjo una discusión. Poco después, el padre del joven se desplazó hasta la vivienda del presidente para pedirle explicaciones por lo sucedido con su hijo.

Fue entonces cuando ambos mantuvieron una discusión que fue aumentando de tono hasta que terminaron enzarzándose en una pelea, sin que haya podido determinarse cuál de los dos inició la agresión.

Cuatro piezas dentales perdidas y un esguince cervical

Durante el enfrentamiento ambos hombres se agredieron mutuamente. Uno de ellos agarró al otro por el cuello, mientras que este respondió propinándole un golpe en la cara.

Como consecuencia de la pelea, uno de los implicados sufrió un traumatismo bucal con pérdida de cuatro piezas dentarias. El otro presentó un esguince cervical acompañado de mareos y vértigos.

La sentencia condenó a uno de los hombres por un delito de lesiones al pago de una multa de 1.080 euros, además de una indemnización al otro vecino.

El segundo fue condenado por un delito leve de lesiones a una multa de 180 euros y al pago de una indemnización de 1.972 euros.

Ambos recurrieron la resolución, pero el TSJA ha desestimado las alegaciones presentadas y ha confirmado las condenas dictadas contra los dos vecinos.