
Cientos de miles de euros en metálico guardados en viviendas, escuchas del FBI, agentes corruptos, y uno de los mayores golpes contra el tráfico de cocaína en Europa. La bautizada por la Guardia Civil como Operación ‘Jumita’, recordada por su vistosa presentación el pasado 10 de junio de 2021, que mostraba más de una tonelada y media de cocaína intervenida, 28 detenidos y, lo que es más llamativo, más de 16,5 millones de euros en efectivo incautados, podría desmoronarse por un incumplimiento en los plazos de instrucción. Es decir, un fallo procesal podría hacer que los investigados queden en libertad sin cargos y el dinero intervenido sea devuelto «a sus propietarios».

Este error consistiría en que el juzgado de instrucción nº 3 de Algeciras ha procesado a los sospechosos fuera del periodo legal establecido, que finalizó el pasado 26 de octubre de 2021. Así se refleja en un escrito, al que ha podido tener acceso Área Campo de Gibraltar, presentado y avalado por buena parte de los letrados que representan a los 17 implicados que se encuentran todavía en prisión.
Este escrito de alegaciones recoge el fallo dictado por la Sección de Algeciras de la Audiencia Provincial de Cádiz, que hace hincapié en la finalización de dicho plazo y la no solicitud de prórroga legal establecida, indicado en Auto de 7 de marzo de 2022 dictado en apelación, y que no ha tenido en cuenta el juzgado de instrucción que lleva el caso, al dictar un auto de procesamiento con fecha 10 de marzo de 2022, cuatro meses y medio después del fin del periodo de instrucción.
El error en el cómputo del plazo ha llevado a los letrados a solicitar el sobreseimiento (resolución judicial) y archivo de la causa, al no haberse imputado a nadie durante el sumario. Lo que en resumen significaría, tal y como hemos mencionado previamente, que los investigados en la sonada ‘Operación Jumita‘ quedarían libres, sin ningún tipo de cargos penales y a los que la Administración Pública les debería devolver el dinero que se les incautó en un principio, una vez que ese capital se regularice en lo que la Ley respecta.https://eeef7264147233c178e8a46dad65b9e1.safeframe.googlesyndication.com/safeframe/1-0-38/html/container.html

Cronología de los hechos
Los letrados de los investigados, en un escrito de alegaciones, solicitan el sobreseimiento y archivo de la causa al haber concluido la fase de instrucción el 26 de octubre de 2021 sin que se procesara a ninguna persona, lo que ocasionaría la imposibilidad de formular acusación conforme al principio acusatorio.
Todo empezaría el 26 de octubre de 2020, cuando se inició el procedimiento ante las autoridades del poder judicial en el que se incoan Diligencias Previas 684/2020 por el Juzgado de Instrucción nº3 de Algeciras, que se encontraba investigando la presunta existencia de un grupo criminal dedicado al tráfico de sustancias estupefacientes, dentro de la cual se alude a algunos de los investigados en la causa.
Más adelante, en fecha de 5 de mayo de 2021 y como consecuencia del hallazgo de un contenedor con 1.600 kilogramos de cocaína, se incoa por el Juzgado nº2 de Algeciras las Diligencias Previas 501/2021, que no llegaron a buen puerto debido a la falta de autor conocido, por lo que se acordó su archivo ese mismo día.
Siguiendo con esta premisa, el 1 de junio de 2021, el Ministerio Fiscal pone en conocimiento del Juzgado de Instrucción nº3 de Algeciras las diligencias de investigación de la Fiscalía trasladando la información obtenida, en este caso, por el FBI, en la que se ponía en conocimiento los posibles autores del delito de tráfico de drogas relacionándolos con el contenedor interceptado con anterioridad en las Diligencias Previas 501/2021.

El 10 de junio de 2021, se acuerda la prisión provisional comunicada y sin fianza de los investigados. El 23 de junio de 2021, se dictó Auto por el que se acordaba transformar las Diligencias Previas en Sumario. Y es el día 28 de octubre del mismo año, cuando los abogados presentan un escrito en el que especifican que el plazo había terminado. Con posterioridad, el Juzgado de Instrucción argumenta en un Auto, dictado unos días después, que el plazo no había pasado, por lo que desestimó la petición de conclusión del Sumario de los letrados, que ante esta situación deciden presentar un recurso de apelación a la Sala (Audiencia Provincial), que, durante la celebración de una vista el día 11 de enero, acuerda mediante providencia, suspender la deliberación a la espera de la celebración del Plenillo con los Magistrados de las Secciones Penales de la Audiencia Provincial de Cádiz.
Un Plenillo que tuvo lugar el día 18 de febrero de 2022 y que arrojó la siguiente resolución: «La declaración del imputado sin respetar los plazos previstos en el citado precepto implica su nulidad no pudiendo ser acordada con posterioridad siendo su consecuencia la imposibilidad de dirigir el procedimiento contra dicho investigado». Conclusiones que también respaldó más tarde un Auto de la Audiencia Provincial con fecha 7 de marzo de 2022: «Expuesto lo anterior, no nos encontramos con hechos diferentes ni investigados distintos de los que ya venía investigando el juzgado nº3 de Algeciras en el seno de sus Diligencias Previas 684/2020, pues dicha información ya existía en la referida causa a partir de 1 de junio de 2021 en el que se incorporaron las Diligencias de la Fiscalía. Por ende dentro del plazo de los doce meses y en consecuencia debería haber dictado en su caso la prórroga de la Instrucción, siendo que el hecho que se trate de nuevos investigados posibilitaría el inicio del cómputo de los doce meses cuando este hecho se hubiere producido una vez agotado el plazo«.
Así, debido a la falta de ese Auto que hubiese prorrogado la fase de instrucción, es el 26 de octubre de 2021 el plazo máximo de este proceso, con las correspondientes consecuencias que ello tiene al no haber procesado a ningún sospechoso ni practicarse las declaraciones indagatorias desde que se declaró el Sumario. «El juez de instrucción no podrá tomar en cuenta los datos irregularmente incorporados al proceso para fundar la decisión inculpatoria (…) En consecuencia, con todo lo razonado, consideramos que la fase instrucción ha concluido«. Sentencia la Audiencia Provincial dando la razón a los letrados de los investigados.

Alegaciones
La imposibilidad de acusar viene de dos cuestiones distintas. Primera, que no se procede a procesar formalmente a nadie en fase de instrucción, y segunda, que no se ha tomado declaración en el sumario a nadie. Si bien debía haberse realizado antes de que acabara la fase de instrucción, algo que dictó la Audiencia Provincial indicando que la fase de instrucción finalizó el 26 de octubre de 2021. Por lo que cinco meses después de haberse dado como terminada esta fase, ni puede procesarse a nadie en el sumario, ni puede tomársele la declaración indagatoria.
Una resolución que tiene como función fundamental, otorgar a las partes legitimación pasiva en el procedimiento obteniendo así la condición de «procesado», de tal forma que si no se atribuye esa condición, nadie puede ser acusado.
Pero es que además, el Auto de procesamiento es el requisito previo de la primera declaración indagatoria, una que ha de tomarse obligatoriamente a los sospechosos durante la fase de instrucción.
En este caso, habiendo finalizado la fase de instrucción el 26 de octubre de 2021, solo cabe dictar el auto de conclusión de sumario, resolución que solo puede acordar el sobreseimiento y archivo de la causa al no haberse procesado a nadie.
En definitiva, habiendo finalizado el plazo de instrucción sin haber procesado a individuo alguno, solo cabe el dictado de auto acordando el sobreseimiento libre y archivo de las actuaciones ante la imposibilidad de formular acusación.
Por lo que los acusados deberían ser puestos en libertad de forma inmediata, ya que si no ha sido imputado en el Sumario, no se le puede privar la libertad.

El Juzgado vuelve a emitir un Auto obviando lo anterior
A pesar de todo lo expuesto anteriormente, el Juzgado de Instrucción Nº3 de Algeciras, obvia los recursos presentados por los letrados y respaldados por la Audiencia Provincial y emite un Auto de Procesamiento el 10 de marzo de 2022 que los letrados califican de «injusto y contrario a derecho además de suponer un ataque frontal a los principios y derechos que informan el proceso penal. Un procedimiento ajeno al procedimiento ordinario regulado en la Ley de Enjuiciamiento Criminal que se ajusta a una aparente necesidad de mantener la acusación a cualquier precio por encima de los derechos constitucionales y de las normas procedimentales».
Por todo esto, el Auto del 10 de marzo de 2022 sería «nulo» y los letrados vuelven a insistir en el sobreseimiento y archivo de las actuaciones. En ese último Auto se recoge la prisión eludible bajo fianza de 17 de los implicados.
Operación Jumita
‘Jumita’, definido por la Europol como una de las seis operaciones más importantes de 2021, arrancaba con 16,5 millones de euros en efectivo intervenidos y 28 detenidos en un total de 40 registros domiciliarios en las localidades de Algeciras, San Roque, Marbella, Málaga, Ayamonte y Getxo, entre ellas personas con cargos «estratégicos» en el Puerto de Algeciras. Son los detalles de la Operación Jumita, que permitieron localizar 1.616 kilos de cocaína y desmantelar una de las principales redes del narcotráfico que operaban entre España y Sudamérica.

El comienzo
El pasado día 29 de abril de 2020 se tuvo conocimiento de que la organización criminal pretendía introducir una gran partida de cocaína oculta entre la mercancía legal de una empresa “pantalla” dedicada al comercio de pescado.
Una vez inspeccionado el contenedor en el que la citada empresa importaba caballa congelada a través del Puerto de Algeciras, se aprehendieron en su interior 1.616 kg de cocaína.
Entre los detenidos hay un español que se encontraba huido de la justicia española, el cual fue detenido mientras residía junto a su familia, en una vivienda en Amsterdan (Holanda). La detención se realizó en virtud de una Orden Europea de Detención y Entrega (OEDE) dictada por la Autoridad Judicial, ejecutada con el apoyo de agentes de la Policía holandesa. Este individuo se encontraba huido desde el año 2017por su implicación en otra operativa de introducción de drogas en la que la Guardia Civil aprehendió 3.500 kg de cocaína en Estepona (Málaga).
Asimismo, debido a las conexiones internacionales con las que contaba la organización criminal, durante la investigación se ha contado con el apoyo del Grupo Anticorrupción del Centro Europeo contra el Crimen Económico y Financiero (EFECC) de Europol, que está apoyando la investigación económica contra la organización desarticulada y los supuestos vínculos de corrupción que pudieran existir.
La investigación fue iniciada en el pasado mes de agosto y ha sido coordinada por el Juzgado de Instrucción número 3 de Algeciras e impulsada por la Fiscalía Especial Antidroga del Campo de Gibraltar y desarrollada por miembros del Órgano de Coordinación contra el Narcotráfico (OCON-SUR), Comandancia de Algeciras y Unidad Central Operativa (UCO), con el apoyo del Centro Regional de Análisis e Inteligencia contra el Narcotráfico (CRAIN) y las Comandancias de Cádiz, Málaga, Huelva, Vizcaya, Grupo de Acción Rápida (GAR), Agrupación de Reserva y Seguridad (ARS) y Unidad Especial de Intervención (UEI).